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Conoce el programa MOVES Singulares II de impulso a la movilidad sostenible



El programa MOVES Singulares II está enmarcado en el componente 1 “Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Concretamente en su ‘inversión 2’, que está destinada al despliegue masivo de infraestructuras de recarga como clave para el impulso del vehículo eléctrico, la sustitución de la flota de vehículos por modelos eléctricos y el impulso a la innovación en la electromovilidad.


El programa es una iniciativa impulsada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y gestionada a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) que busca impulsar nuevos desarrollos tecnológicos en el transporte público y privado, acelerar su madurez y, con ello, su comercialización posterior.

También se adscribe al objetivo de descarbonizar el sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad para la consecución de los objetivos fijados tanto por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030, como por el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, promoviendo la realización de proyectos singulares de innovación en movilidad eléctrica en todo el territorio nacional.


MOVES Singulares II ha contado hasta la fecha con dos convocatorias que han adjudicado unos recursos totales de 334,6 millones de euros a proyectos de desarrollo y soluciones innovadoras para fomentar la movilidad eléctrica.


OBJETO DE LA CONVOCATORIA


Proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible, fomentando el desarrollo de proyectos por parte de empresas españolas, con el objetivo de alcanzar la madurez tecnológica que facilite su comercialización.

Se considerarán proyectos singulares los que contemplen las actuaciones siguientes:


I. Movilidad eléctrica y aplicaciones TIC.

  • Proyectos relativos a conectividad y comunicación entre vehículos eléctricos e infraestructura de recarga.

  • Proyectos relativos a interoperabilidad de servicios digitales aplicables al vehículo eléctrico que permitan avanzar en los servicios de electromovilidad, permitiendo la interoperabilidad entre vehículo y punto de recarga, así como entre distintos modos de transporte.

  • Aplicaciones innovadoras de cualquier tipo de vehículo eléctrico o de pila de combustible, en ámbitos urbanos y de manera especial en flotas y reparto de última milla, así como para la mejora de la accesibilidad y movilidad rural.


II. Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos innovadora, recarga de hidrógeno para vehículos e integración con otras redes inteligentes.

  • Recarga sin cables (estática y dinámica).

  • Implantación de redes inteligentes y sistemas bidireccionales de recarga:

  1. V2G: vehicle to grid, o utilización de las baterías para estabilizar el sistema eléctrico.

  2. V2H: vehicle to home, para utilizar la batería como generador en viviendas.

  3. V2L: vehicle to local sites, para suministro a zonas aisladas del sistema eléctrico.

  4. V2V: vehicle to vehicle, transmisión de electricidad de un vehículo a otro en caso de emergencia.

  • Integración de energías renovables y almacenamiento en la recarga de vehículos eléctricos.

  • Recarga integrada con redes ferroviarias.

  • Desarrollos innovadores en recarga de vehículos eléctricos y de pila de combustible, con vistas a gestión de la demanda/servicios al sistema.


III. Aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico para movilidad.

  • Aplicaciones en movilidad de baterías de próxima generación.

  • Aplicaciones en movilidad relacionadas con nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías).

IV. Proyectos de desarrollo o innovación de nuevos procesos o prototipos de modelos o componentes de vehículos eléctricos.


No se considerarán elegibles las inversiones asociadas a aumentos de capacidad productiva de plantas industriales existentes.


BENEFICIARIOS


  • Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).

  • Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.

  • Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.

  • El sector público institucional.


Los beneficiarios garantizarán el respeto al principio de DNSH y el etiquetado climático


CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA


  • La ayuda se concede bajo la modalidad de subvención a fondo perdido.

  • La subvención será de hasta el:

o 40% de la inversión para gran empresa

o 50% de la inversión para mediana empresa

o 60% de la inversión para pequeña empresa.

  • La inversión mínimo será de 100.000 euros por proyecto.

  • La financiación máxima será de 15 millones de euros por proyecto y entidad.

  • Las actuaciones subvencionables podrán iniciarse desde el momento de la solicitud, y podrán tener una duración máxima de 18 meses tras la resolución definitiva.

COSTES SUBVENCIONABLES


Se podrán financiar los siguientes gastos:

  • La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones,

  • Los costes de dirección facultativa,

  • Los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 20 % de la inversión elegible y los de montaje de las instalaciones, en su caso;

  • Los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias,

  • Los costes de transporte y los de asistencia técnica

  • Los costes de la gestión de la solicitud y de la justificación de las ayudas

  • Informe de auditor – máx. 7.000€ por proyecto.

No se financiarán:


  • Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas, impuestos o tributos.

  • Cualesquiera gastos asociados a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, aun siendo necesarios para la obtención de permisos o licencias.

  • Coste de adquisición o arrendamiento de terrenos utilizados para el proyecto.

  • Seguros suscritos por el solicitante.

  • La vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en marcha.

  • Cualesquiera costes financieros.


CRITERIOS DE VALORACIÓN

CRITERIO

PUNTUACIÓN MÁXIMA

1. Ahorro de energía final anual y reducción emisiones CO2.

20

2. Principio de no dañar significativamente al medio ambiente: se valorará en base al cuestionario de autoevaluación de la Guía técnica sobre la aplicación del principio.

10

3. Viabilidad económico y financiera.

20

4. Nivel de desarrollo tecnológico y grado de innovación.

15

5. Replicabilidad y escalabilidad.

10

6. Generación de empleo directo y sinergia con cadena de valor industrial y otros sectores económicos.

20

7. Presentación de Informe del Gobierno autonómico relativo a la adecuación del proyecto a las prioridades de la política autonómica.

5

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